Socialismo liberal y refundación democrática

El socialismo liberal y el problema de la refundación democrática en la segunda mitad del siglo XX.

Por: Adrián Velázquez Ramírez

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En su célebre ensayo de 1966 titulado Estado de derecho y sociedad democrática,el jurista socialista español Elías Díaz proponía una elocuente periodización de las transformaciones del derecho entre el siglo XIX y el XX. Con la explícita intención de darle densidad histórica a su propia posición, Díaz elabora ahí un recuento cuyo puntapié inicial estaba dado por la emergencia del concepto de Estado de derecho en el siglo XIX alemán. A partir de ahí, hace un repaso por sucesivos ensayos que alternaron entre la ampliación de este concepto (Estado social de derecho) y su superación totalitaria durante el fascismo y el nacionalsocialismo (Estado total). En realidad, con esta reconstrucción, Díaz estaba preparando el terreno firme desde el cual fundamentar una conceptualidad jurídica que tuviera como foco las exigencias inherentes a una democracia integral. Exigencias que, desde su perspectiva, no se habrían podido realizar ni en la formulación liberal o social del Estado de Derecho, ni mucho menos en su clausura totalitaria. Desde la perspectiva de Díaz, este nuevo estadio del pensamiento jurídico llevaba por rubrica el sintagma “Estado democrático de derecho”.

La posición jurídico-política de Díaz no era, por su puesto, neutral. Estaba hablando desde una tradición política particular, misma que incluía un diagnóstico arduamente elaborado a contrapelo del fascismo en Italia y del franquismo en España. El punto de emergencia de esta tradición se puede remontar a Piero Gobetti pero encuentra en Carlo Rosselli su formulación más acabada: socialismo liberal. La explicación del ensamblaje de dos corrientes del pensamiento político que por mucho tiempo fueron consideradas como inconmensurables tiene una explicación histórica muy concreta. Como afirma Bobbio en la introducción de la edición de 1979 al libro de Rosselli, el fascismo al haber sido simultáneamente anti-liberal y anti-socialista había mostrado hasta qué punto liberalismo y socialismo debían ser entendidos como parte de un mismo impulso histórico. En términos concretos, esto implicaba la revalorización de los derechos que aseguraban las libertades políticas y, fundamentalmente, aquellos asociados al resguardo del pluralismo en tanto requisito jurídico indispensable para mantener el juego político en constante dinamismo. De esta manera el socialismo era situado como un fin que sólo tenía sentido perseguir dentro de un marco que velara por los derechos fundamentales del ciudadano, mismos que eran percibidos como un anclaje jurídico indispensable de la dimensión política de la sociedad. Para Díaz, por lo tanto, la formula “Estado democrático de derecho” no era neutra ni producto de la pura racionalidad, era el resultado históricamente deseado de una reflexión al interior de la tradición democrática-socialista.

No es difícil inscribir al propio Norberto Bobbio dentro del surco abierto por esta tradición. Los distintos intentos de conciliación entre la herencia jurídica liberal y las exigencias de una política socialista dentro de un pensamiento que se asumía como esencialmente democrático fueron una constante dentro de su obra. Como ha detallado de manera minuciosa Alberto Filippi, Bobbio fue un autor de cabecera que circuló de manera profusa durante las transiciones a la democracia de la segunda mitad del siglo XX. Fue particularmente relevante en los procesos de re-constitucionalización emprendidos luego del fin de las muy variadas dictaduras europeas y latinoamericanas. Dentro de este proceso, la posibilidad de repensar la relación entre derecho y democracia fue uno de los ejes cardinales que animaron las discusiones.

La fecundidad del socialismo liberal para pensar y moldear las democracias de la segunda mitad del siglo XX fue bien percibida por los llamados “gramscianos argentinos” (Aricó, Portantiero, Delich, de Ípola, entre otros), quienes vieron ahí un cincel apropiado para gravar en las emergentes democracias latinoamericanas un impulso progresista y emancipador. La utopía revolucionaria daba el paso así a la convicción de que la ampliación de la libertad y la erradicación de las desigualdades encontraban en las luchas por la democracia un mismo punto de articulación. Democratizar todos los niveles de la vida social se convirtió en una máxima que fue elevada a imperativo moral. Cabe mencionar, por cierto, que esta búsqueda intelectual no rehuyó la reflexión sobre el componente nacional-popular como vehículo y motor propicio para emprender este camino.

La posterior hegemonía neoliberal favoreció las condiciones para la oclusión de este ethos desde el cuál algunos de los protagonistas de los procesos transicionales intentaron (re)construir un horizonte de expectativas capaz de orientar la política por venir. El posterior vaciamiento del potencial emancipador de la democracia al tenor de una lógica exclusivamente institucional-procedimental que inevitablemente terminaba en la despolitización de las desigualdades sociales y económicas favoreció el surgimiento de análisis que presentaron aquellas transiciones como una claudicación o peor, como una traición histórica. Muy por el contrario, sin embargo, consideramos que sacar del armario del olvido a esta tradición -reconstruirla historiográficamente, restituirle su dimensión histórico-conceptual-, puede ser una tarea importante en tiempos en los que nuevamente las alternativas parecen reducirse y los caminos estrecharse. Puede ser, también, un camino para recuperar un programa político acorde y a la altura de nuestras sociedades democráticas.

En este sentido y tomando en cuenta las premisas que orientan esta tradición política, son tres las aspiraciones que un marco jurídico democratizador debería ser capaz de articular: la socialización de la libertad, la erradicación de los privilegios y la reconstrucción de las solidaridades colectivas.

 

Conoce la obra y el pensamiento que está desarrollando Adrián Velázquez Ramírez.

 

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